Haga click en el mapa para conocer los festivos laborales, encontrará los festivos que hayan sido publicados tanto a nivel autonómico como a nivel local:
NOTA: Los días señalados como festivos pueden sufrir variaciones durante el año en curso. Si desea información concreta detallada sobre alguna región geográfica concreta, póngase en contacto.
El artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, establece en su párrafo primero, con carácter general, un máximo de catorce fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos serán locales, debiendo respetarse, en todo caso, como fiestas de ámbito nacional las de Natividad del Señor, 25 de diciembre; Año Nuevo, 1 de enero; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España.